Del Lunes, 10 de Noviembre de 2025 al Jueves, 13 de Noviembre de 2025
La convocatoria tiene como finalidad el establecimiento de un régimen de ayudas para la contratación de técnicos de comercio exterior por parte de la empresa extremeña exportadora, siendo el hecho subvencionable la celebración del contrato.
![[Img #53334]](https://empresaexterior.com/upload/images/07_2023/5855_extremadura-convoca-las-ayudas-para-la-contratacion-de-tecnicos-especializados-en-comercio-exterior.jpg)
Podrán ser destinatarios de las ayudas reguladas en el presente decreto, las personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa, que ejerzan una actividad económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura
Requisitos
Para poder acceder a las ayudas reguladas en este decreto, los beneficiarios deberán cumplir los siguientes requisitos:
Deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación o de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios.
El puesto de trabajo por el que se solicita la subvención deberá radicar en centros de la empresa beneficiaria dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura, hasta el fin del periodo de obligaciones.
condiciones de elegibilidad:
1. El hecho subvencionable será la celebración del contrato, siempre y cuando responda a las siguientes condiciones y características:
a) Sea celebrado con personas que cumpliendo las condiciones específicas de subvencionabilidad establecidas en el artículo 6, además:
- Estuvieran desempleadas al día de la contratación.
- No hubieran prestado servicios en los seis meses anteriores, mediante contratos de duración determinada durante un período,
continuo o discontinuo, superior a 30 días efectivamente trabajados según vida laboral, en la misma empresa contratante o vinculadas.
b) Tenga carácter indefinido y a jornada completa.
c) Tenga un código de cuenta de cotización a la Seguridad Social que corresponda a las provincias de Badajoz o Cáceres.
d) Esté encuadrado en el grupo de cotización acorde a la titulación de la persona contratada, conforme a las siguientes correspondencias:
- Ingenieros, licenciados universitarios o grados equivalentes: Grupo I.
- Ingenieros técnicos, diplomados universitarios o equivalente: Grupo II.
- Formación profesional de grado superior: Grupo III.
e) No se encuentre en algunas de las situaciones de exclusión que figuran en el artículo 7.
2. El contrato deberá haber sido celebrado antes de la presentación de la solicitud de ayuda, bien dentro del periodo de admisión de solicitudes, bien dentro de los 6 meses previos al inicio de dicho periodo.
3. El contrato celebrado deberá haber sido registrado y comunicado al Servicio Estatal de Empleo.









































