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Sábado, 13 de Diciembre de 2025

Actualizada Sábado, 13 de Diciembre de 2025 a las 20:43:05 horas

Valio Consulting

Tras la prórroga del Brexit, siguen las dudas: ¿Cómo afectará a los autónomos, empresarios y Pymes españolas?

Redacción Miércoles, 20 de Noviembre de 2019 Tiempo de lectura:

La salida de Reino Unido de la UE podría generar pérdidas de 6.000 millones de euros en la economía española.

[Img #34216]El Brexit podría suponer la pérdida de 6.000 millones de euros para la economía española, además del descenso del PIB de hasta un punto porcentual. Estas son las previsiones del Banco de España ante la salida del Reino Unido de la Unión Europea, prorrogada hasta el 31 de enero de 2020. El mercado español se resentirá con esta decisión, pero, en el ámbito fiscal, ¿cómo afectará a las pymes, pequeños empresarios y demás agentes económicos españoles este divorcio socioeconómico?

 

Cuando se haga efectiva la salida de Reino Unido del mercado común, las operaciones comerciales entre la economía británica y la española dejarán de considerarse intracomunitarias y, con ello, numerosos cambios se darán en materia de IVA, bases regulatorias y el sistema arancelario.

 

En cada envío, además de la vuelta a los controles aduaneros y a la demanda de una declaración aduanera ordinaria, tanto para la importación como para la exportación, el Brexit llevará consigo el pago de derechos arancelarios y de otras cargas que serán obligatorias en materia de certificados sanitarios o de calidad, entre otros aspectos, al tratarse de operaciones extracomunitarias.

 

“El inversor británico en España, así como el empresario nacional que exporta y/o trabaja con el Reino Unido, deberá prestar mucha atención a las modificaciones que traerá consigo el Brexit si no quiere padecer algún sobresalto”, asegura Yannick Charton, socio fundador de Valio Consulting.

 

 

Cambios en el IVA y en el sistema arancelario respecto a las operaciones de importación y exportación, que pasarán a ser extracomunitarias, serán dos de las grandes afectaciones de esta ruptura británica con el mercado común

 

 

Cambio en el número de registro: el EORI por el ROI

 

Hasta que se haga efectivo el Brexit, los empresarios españoles que operan en Reino Unido continuarán teniendo la obligación de estar registrados en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), además de declarar sus operaciones en el modelo 349.

 

Sin embargo, cuando Reino Unido abandone la Unión Europea, y si no hay alteraciones al respecto, los empresarios nacionales deberán olvidar el ROI y darse de alta, de manera obligatoria, en el EORI (número de registro e identificación de operadores económicos). En este sentido, el gobierno español ya ha comenzado a trabajar a través de la Agencia Tributaria, que ha iniciado la asignación de oficio de un EORI a las empresas y operadores del país que operan de manera continua en el mercado británico.

 

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