Día Miércoles, 18 de Marzo de 2026
La Comisión de Comercio Internacional de Estados Unidos ha ratificado que las importaciones de metal de silicio procedentes de Angola y Laos perjudican la competitividad nacional. Como consecuencia, se impondrán medidas antidumping y compensatorias, mientras que la investigación sobre Tailandia ha sido archivada por niveles insignificantes.
![[Img #67380]](https://empresaexterior.com/upload/images/03_2026/3525_usitc-impone-aranceles-al-metal-de-silicio-de-angola-y-laos.jpg)
La U.S. International Trade Commission (USITC) ha dictaminado que la industria estadounidense se ve materialmente perjudicada, o bajo amenaza de daño inminente, por las importaciones de metal de silicio procedentes de Angola y Laos. Según la resolución, estos productos se venden en el mercado de Estados Unidos a un precio inferior a su valor justo (dumping) y, en el caso de Laos, cuentan con subvenciones gubernamentales.
Resolución sobre las investigaciones de dumping y subsidios
La determinación de la comisión se produce tras las investigaciones pertinentes realizadas por el U.S. Department of Commerce (Commerce), que confirmaron la existencia de prácticas desleales de comercio exterior. Por el contrario, la comisión halló que las importaciones de estos mismos productos desde Tailandia son "insignificantes", lo que ha llevado al cierre inmediato de la investigación sobre derechos compensatorios para dicho país.
La votación fue liderada por la presidenta Amy A. Karpel y los comisionados David S. Johanson y Jason E. Kearns, quienes votaron a favor de las medidas contra Angola y Laos. Este movimiento estratégico busca proteger la cadena de suministro local y asegurar una competencia leal en el sector de las materias primas industriales.
Impacto en los aranceles y órdenes de importación
Como resultado directo de esta decisión afirmativa de la USITC, el U.S. Department of Commerce procederá a emitir las órdenes de derechos antidumping sobre las importaciones de silicio de Angola y Laos. Adicionalmente, se emitirá una orden de derechos compensatorios específica para las importaciones originarias de Laos debido a los subsidios estatales detectados.
| País de Origen | Tipo de Determinación | Medida Resultante |
|---|---|---|
| Angola | Afirmativa (Daño/Amenaza) | Orden de Derechos Antidumping |
| Laos | Afirmativa (Daño/Amenaza) | Derechos Antidumping y Compensatorios |
| Tailandia | Negligible (Insignificante) | Terminación de la investigación |
Toda la argumentación jurídica y técnica de la comisión, así como la información recabada durante el proceso, se recogerá en el informe público Silicon Metal from Angola, Laos, and Thailand bajo los números de investigación Inv. Nos. 701-TA-761, 701-TA-763, 731-TA-1743 y 731-TA-1745 (Final), correspondiente a la publicación 5720 de la USITC de abril de 2026.
Claves y preguntas frecuentes sobre el metal de silicio
¿Qué países enfrentarán nuevos aranceles por estas medidas?
Principalmente Angola y Laos. En ambos casos se aplicarán medidas contra el dumping, mientras que Laos también enfrentará cargos por subsidios gubernamentales prohibidos.
¿Por qué se ha excluido a Tailandia de las sanciones?
Porque la USITC determinó que el volumen de las importaciones subsidiadas procedentes de Tailandia es insignificante (negligible), lo que no justifica la imposición de derechos compensatorios.
¿Quién emite las órdenes finales de aranceles tras este fallo?
Tras la determinación de daño por parte de la USITC, es el U.S. Department of Commerce el organismo encargado de emitir formalmente las órdenes de derechos antidumping y compensatorios.
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