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Martes, 10 de Febrero de 2026

Actualizada Martes, 10 de Febrero de 2026 a las 16:32:26 horas

Hacia un marco jurídico europeo común para las empresas innovadoras

Marie Latour

El 20 de enero el Parlamento Europeo aprobó una serie de recomendaciones dirigidas a la propuesta de la Comisión Europea para el diseño de un nuevo marco jurídico destinado a apoyar a las empresas de la UE. Este marco jurídico se conoce también como el 28º régimen y tiene como objetivo que las empresas innovadoras se beneficien de un conjunto único y armonizado de normas a escala de la UE.

De este modo, se busca crear un conjunto único de normas a nivel europeo que favorezcan la inversión transfronteriza y fortalezcan el mercado único, a la vez que ayudan a las empresas a superar las barreras que se encuentran a la hora de operar en el mercado único.

 

 

La principal novedad entre estas propuestas del Parlamento es la creación de una nueva forma de sociedad europea, válida en todos los Estados miembros y con un único régimen jurídico común. Dirigida a las sociedades de responsabilidad limitada no cotizadas, con sede en uno de los 27 países de la UE, el capital socio mínimo desembolsado para constituir esta sociedad será de tan solo 1 euro.

 

Los eurodiputados proponen, además, que el registro sea completamente digital, pudiendo completarse en un plazo de 48 horas. Con ello, se busca agilizar y facilitar lo máximo posible a las empresas el proceso. También apuestan por crear un portal digital multilingüe accesible en todos los Estados miembros de la UE y gestionado por la Comisión Europea para facilitar un funcionamiento fluido, con una comunicación digital con las autoridades y con toda la información disponible y accesible para los inversores.

 

Con este nuevo marco jurídico, el Parlamento Europeo quiere facilitar el acceso de las empresas de economía mixta a la inversión, es decir, aquellas empresas que combinan diferentes fuentes de financiación. Para ello, buscan ofrecer modelos de financiación alternativos, acompañados de mecanismos de protección opcionales, como la posibilidad de separar los derechos económicos de los derechos de voto. Esto permitiría que un inversor aporte capital y participe en los beneficios, sin tener control en las decisiones estratégicas de la empresa, algo fundamental en proyectos tecnológicos o científicos de largo recorrido.

 

También proponen normas para atraer y retener a los mejores talentos mediante instrumentos como los planes de participación accionarial para empleados o las opciones sobre acciones. Así, los trabajadores tienen una mayor implicación en el crecimiento de la empresa y se pueden beneficiar de su éxito futuro.

 

En estas recomendaciones también entra la dimensión territorial. A ojos del Parlamento, las empresas del Sur de Europa están perdiendo oportunidades en la comercialización de la investigación. Por ello, solicitan medidas urgentes dirigidas a garantizar una mejor cooperación entre pymes, startups, empresas en expansión e instituciones de investigación en la UE. Recalcan a su vez, la importancia de que las empresas del sur de Europa tengan acceso a un mecanismo especializado y acelerado de resolución de litigios que pueda desarrollarse en inglés.

 

Es importante aclarar que estas recomendaciones todavía no son vinculantes. Ahora es el turno de la Comisión Europea que, tras recoger las sugerencias del Parlamento, tienen que preparar la propuesta legislativa que se presentará, según lo previsto, en el primer trimestre de 2026.

 

Conviene, no obstante, contextualizar el alcance político de esta iniciativa. Las recomendaciones aprobadas por el Parlamento Europeo reflejan una posición ambiciosa y mayoritariamente favorable a una profunda armonización normativa, pero no prejuzgan el resultado final del proceso legislativo. En particular, algunos de los ámbitos afectados por el futuro 28º régimen —como el derecho laboral, el derecho concursal o determinados aspectos fiscales— siguen siendo competencias sensibles para los Estados miembros, lo que anticipa debates complejos en las fases posteriores de negociación.

 

En este sentido, la futura propuesta de la Comisión Europea deberá encontrar un delicado equilibrio entre la simplificación y la seguridad jurídica, por un lado, y el respeto a las prerrogativas nacionales, por otro. Una vez presentada la iniciativa legislativa, previsiblemente en el primer trimestre de 2026, será el Consejo de la UE quien represente las posiciones de los Estados miembros en las negociaciones con el Parlamento. El grado de consenso que se alcance en esta fase será determinante tanto para el contenido final del régimen como para su calendario de adopción y entrada en vigor, que, en un escenario realista, podría situarse entre 2027 y 2028.

 

Se trata una apuesta sólida de la UE por crear un marco jurídico con normas uniformes y armonizadas, que permitan a las empresas crecer y expandirse, sin verse limitadas por la fragmentación normativa derivada de los diferentes regímenes nacionales. Con ello, la Unión Europea busca también fortalecer la competitividad de las empresas europeas, especialmente entre las empresas emergentes.

 

Marie Latour,
Directora de Asuntos Europeos en Euro-Funding

 

 

Claves y preguntas frecuentes sobre este análisis

¿Qué es el denominado "28º régimen" propuesto por el Parlamento Europeo?
Es un nuevo marco jurídico que busca crear un conjunto único y armonizado de normas a nivel de la UE, permitiendo que las empresas innovadoras operen bajo las mismas reglas en todos los Estados miembros para fomentar la inversión transfronteriza.

¿Cuáles son las facilidades para constituir esta nueva forma de sociedad europea?
La propuesta incluye la posibilidad de constituir sociedades de responsabilidad limitada no cotizadas con un capital mínimo de solo 1 euro, mediante un registro totalmente digital que podría completarse en un plazo de 48 horas.

¿Cuándo se espera que esta normativa entre en vigor de forma definitiva?
La Comisión Europea presentará la propuesta legislativa en el primer trimestre de 2026. Tras las negociaciones con el Consejo de la UE, se estima un escenario realista de entrada en vigor entre los años 2027 y 2028.

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