Día Martes, 03 de Febrero de 2026
Desde el 1 de enero de 2026, la Unión Europea aplica de forma efectiva el Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM). Los importadores de sectores clave deben contar con autorización previa y adquirir certificados para evitar el bloqueo de sus mercancías en las aduanas comunitarias.
El fin de la fase transitoria: El carbono ya tiene precio en la frontera europea
Desde el 1 de enero de 2026, el escenario del comercio exterior en la Unión Europea ha experimentado una transformación estructural. Tras finalizar el periodo de pruebas el pasado 31 de diciembre, ha entrado en vigor el régimen definitivo del Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (CBAM). Este instrumento, regulado por el Reglamento (UE) 2023/956 y actualizado por el Reglamento (UE) 2025/2083, deja de ser una mera obligación informativa para convertirse en un coste real y directo para las empresas que introducen bienes intensivos en emisiones en el mercado común.
A partir de esta fecha, la figura del declarante CBAM autorizado se vuelve indispensable. Las autoridades aduaneras tienen la instrucción de denegar el despacho a libre práctica de cualquier mercancía afectada si el importador no acredita su condición de operador autorizado o una exención válida, lo que supone un riesgo crítico para la continuidad de la cadena de suministro.
Sectores afectados y requisitos operativos
El mecanismo se centra en productos cuya fabricación implica una alta huella de carbono. Las empresas deben monitorizar de forma estricta sus compras internacionales de los siguientes materiales:
- Siderurgia: Acero y derivados.
- Metalurgia: Aluminio.
- Construcción: Cemento.
- Agricultura: Fertilizantes.
- Energía: Electricidad e Hidrógeno.
Para facilitar la transición, se ha establecido un plazo excepcional hasta el 31 de marzo de 2026 para aquellas solicitudes de autorización que ya se encuentren en trámite. No obstante, el umbral de exención es extremadamente reducido: solo están exentas las importaciones que no superen las 50 toneladas netas anuales (excluyendo electricidad e hidrógeno), lo que obliga a la práctica totalidad de los importadores industriales a cumplir con la norma.
A continuación, se detallan las obligaciones financieras y administrativas clave que deben afrontar las empresas:
| Obligación | Descripción y Plazos |
|---|---|
| Certificados CBAM | Compra obligatoria de certificados según las emisiones incorporadas. |
| Declaración Anual | Presentación de datos sobre cantidades y emisiones directas/indirectas. |
| Verificación | Los datos de emisiones deben ser validados por terceros independientes. |
| Primera Entrega | La entrega de certificados de las emisiones de 2026 se realizará en 2027. |
Impacto económico y recomendaciones estratégicas
El objetivo de la Comisión Europea es evitar la "fuga de carbono", igualando los costes climáticos de los productos importados con los de los productores internos sujetos al EU ETS (Sistema de Comercio de Emisiones de la UE). El precio de los certificados CBAM fluctuará según la media de las subastas semanales del ETS, lo que introduce una nueva variable de volatilidad en los presupuestos de compras.
Entidades como ChemSpain y diversas asociaciones sectoriales recomiendan a las empresas realizar un análisis de impacto económico inmediato. Es imperativo coordinarse con los proveedores extranjeros para obtener datos de emisiones reales; de lo contrario, se aplicarán valores por defecto que suelen penalizar el coste del certificado.
Claves y preguntas frecuentes sobre el CBAM en 2026
¿Qué sucede si no tengo la autorización de declarante CBAM?
Las aduanas de la Unión Europea bloquearán la entrada de su mercancía. El estatus de declarante autorizado es un requisito sine qua non para operar con los sectores afectados desde el 1 de enero de 2026.
¿Cuándo se deben pagar efectivamente los certificados?
Aunque la obligación de registro y cálculo comienza en 2026, la entrega física de los certificados correspondientes a las emisiones generadas este año debe realizarse en el ejercicio 2027.
¿Afecta este coste a todas las importaciones?
Solo a aquellas que superen las 50 toneladas netas al año de los productos listados. Sin embargo, para el hidrógeno y la electricidad, no existe umbral mínimo; toda importación está sujeta a la norma.
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