Día Domingo, 28 de Diciembre de 2025
A dos meses de la implementación del Sistema de Entradas y Salidas (EES)
A dos meses de su puesta en marcha progresiva, el Sistema de Entradas y Salidas (EES) ya está generando cambios visibles en los aeropuertos europeos.
Los controles migratorios están incorporando nuevas herramientas tecnológicas que combinan métodos tradicionales con sistemas de identificación biométrica, modificando la operativa habitual y los tiempos de paso para los viajeros.
Fuentes oficiales confirman que la implementación será gradual y que no se espera que el sistema esté plenamente activo en todas las fronteras hasta mayo de 2026. Durante este periodo, algunos puntos seguirán utilizando el sello físico en el pasaporte, mientras que otros emplearán ya el registro digital automatizado.
¿Qué es el Sistema de Entradas y Salidas (EES)?
El EES es un sistema informático automatizado desarrollado por la Unión Europea (UE) para registrar electrónicamente las entradas y salidas de los viajeros de países no miembros de la UE que visitan el espacio Schengen por estancias de corta duración (hasta 90 días en un periodo de 180 días).
Su objetivo principal es sustituir de manera gradual el proceso de sellado manual del pasaporte, permitiendo a las autoridades registrar automáticamente las fechas y lugares de entrada y salida, controlar la duración de la estancia, detectar sobreestancias de manera más eficaz y fortalecer la seguridad fronteriza.
En dicho sistema se recopilan diversos tipos de datos personales, incluidos datos biométricos como la imagen facial y las huellas dactilares, así como el registro de las decisiones de denegación de entrada.
Desde su implementación, el viajero debe estar más atento a la duración de su estancia, ya que el EES automatiza los cálculos de los días permitidos, lo que exige que los viajeros se informen bien sobre sus derechos y obligaciones en cuanto a su estancia. Sin embargo, se ha puesto a disposición la “Short-stay calculator” como herramienta para calcular los días de estancia autorizada.
¿A quién no se aplica el EES?
Es importante tener en cuenta que el EES no se aplica a ciertos grupos, como:
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Nacionales de los Estados miembros de la UE (incluidos Chipre e Irlanda).
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Familiares de ciudadanos de la UE que tengan una tarjeta de residencia.
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Titulares de permisos de residencia o visados de larga duración.
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Nacionales de Andorra, Mónaco y San Marino, así como los titulares de pasaportes del Vaticano.
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Diplomáticos y otras personas con exenciones específicas.
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Miembros de fuerzas armadas en misiones de la OTAN.
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Trabajadores transfronterizos, tripulaciones de trenes internacionales y otras categorías específicas.
Por último, es claro que el EES no es solo una herramienta tecnológica, sino un cambio estructural en la forma en que Europa gestiona sus fronteras y la movilidad internacional.
Grecia Yaranga Pareja,
Licenciada en Derecho, área Inmigración. AGM Abogados









































