Día Miércoles, 03 de Diciembre de 2025
UGT, UNO y CCOO han actualizado la guía del coronavirus para la logística presentada hace una semana, para adaptarla a las novedades normativas que se han producido desde entonces.
En concreto, se han ampliado las recomendaciones para el transporte de mercancías por carretera y se ha creado un protocolo específico para el reparto y las entregas de última milla.
La Guía del Coronavirus para la Logística señala en su punto 8:
Siempre que sea posible, los conductores de los vehículos deben permanecer a bordo: no se recomienda el acceso a otras oficinas de las empresas bajo ningún motivo, excepto por el uso de instalaciones sanitarias específicas, por lo que las personas a cargo de los lugares de carga / descarga deben garantizar limpieza diaria adecuada y la presencia de gel desinfectante para lavado de manos.
Para las operaciones preparatorias y finales necesarias para la carga / descarga de mercancías y la recogida / entrega de documentos, si es indispensable que el conductor intervenga, deberá mantener una distancia mínima de un metro con el resto de personas involucradas en la operativa.
Se recomienda el uso de mascarillas si se requiere trabajar a una distancia interpersonal inferior a un metro y no es posible amoldarse a otras soluciones organizativas(dos operarios dentro del mismo camión, por ejemplo).
Aunque no se recomiendan los viajes nacionales e internacionales, al ser imprescindibles en el transporte de mercancías se pueden realizar.
A la hora de entregar mercancía a un cliente, se recomienda seguir el siguiente protocolo (consulta con tu empresa si hay pautas establecidas para proceder en este sentido):
![[Img #35620]](https://empresaexterior.com/upload/images/03_2020/1951_guialogistica_cr.jpg)
Actualmente, no es necesario tomar precauciones especiales con los animales en España, ni con los alimentos, para evitar esta infección.
La probabilidad de contagio a través de la manipulación de mercancías recibidas desde zonas de riesgo es baja, por lo que, a día de hoy, no se ha establecido ninguna recomendación específica en estos casos ni en el libre movimiento de mercancías.







































