Turquía: Claves migratorias y fiscales para el éxito de la expatriación de profesionales españoles

 

En una reciente jornada online organizada por la Cámara de Comercio de Valencia en colaboración con la consultora EMS (Executive Mobility Services), se desgranaron los principales desafíos y oportunidades que enfrentan las empresas españolas al desplazar trabajadores a Turquía. Expertos en la materia abordaron los complejos procesos migratorios, las obligaciones fiscales en ambos países y los aspectos clave de la seguridad social, ofreciendo una hoja de ruta para garantizar el cumplimiento normativo y el éxito de la expatriación en un mercado con un creciente dinamismo.

Un mercado de oportunidades con lazos culturales

La sesión comenzó con una radiografía de Turquía como destino de inversión. Begum Mazzi, consultora de origen turco en EMS, destacó la sólida base de cooperación empresarial entre ambos países. «El comercio bilateral ha alcanzado miles de millones de euros anuales, lo que convierte a España en uno de los socios europeos clave de Turquía», señaló. Además, la inversión directa española ha superado los 10.000 millones de euros en las últimas décadas, demostrando una confianza a largo plazo en sectores como infraestructuras, energías renovables, automoción y banca.

Mazzi subrayó las sorprendentes similitudes culturales que facilitan los negocios: «Ambos países dan una gran importancia a las relaciones personales, la confianza y la comunicación directa». Su consejo para las empresas españolas fue claro: «invertir tiempo en construir relaciones» y «visitar Turquía» para obtener una comprensión real de la energía y el potencial que ofrece el país, más allá de las percepciones preconcebidas.

El laberinto migratorio: del visado al permiso de trabajo

Fabiana Franque, directora de operaciones de EMS, advirtió desde el inicio que «Turquía es un país muy burocrático donde los procesos en sí son bastante complejos y tediosos». Sin embargo, detalló las diferentes vías para operar legalmente en el país. Para estancias cortas con fines de negocio (reuniones, ferias), los ciudadanos españoles y de la UE no necesitan visado. No obstante, la situación cambia drásticamente cuando se trata de trabajar.

«Si realmente alguien va a trabajar a Turquía, es necesario siempre solicitar un permiso de trabajo, y hay uno solo», afirmó Franque. Este es el principal reto, ya que el proceso, que puede durar entre tres y cuatro meses, exige un patrocinador local. La empresa turca que contrata al expatriado debe cumplir requisitos estrictos, como un capital mínimo y, sobre todo, una cuota de personal: «necesitan tener al menos cinco trabajadores turcos por cada extranjero que quieran traer». Este requisito a menudo complica la gestión para empresas que recién se implantan.

Una vez obtenido el permiso de trabajo, es obligatorio tramitar un permiso de residencia, un proceso adicional que requiere demostrar un domicilio fijo en el primer mes de llegada.

La figura del ‘Employer of Record’ (EOR) como solución estratégica

Para las empresas que no tienen una entidad legal en Turquía o no cumplen con la cuota de empleados, Franque presentó la figura del Employer of Record (EOR). Esta solución permite que un tercero local (en este caso, gestionado por EMS) actúe como el empleador legal del trabajador en nombre de la empresa española. «Nos encargamos de conseguir al empleador local, gestionar el permiso migratorio y cumplir con todas las obligaciones laborales y de seguridad social», explicó. El EOR es ideal para explorar el mercado, ejecutar proyectos temporales o contratar al primer empleado en el país sin necesidad de constituir una sociedad.

Más allá del papeleo: la adaptación del expatriado y su familia

El éxito de una expatriación no solo depende del cumplimiento normativo. Franque también abordó los aspectos «soft» de la relocalización. Aunque el coste de vida general en Turquía es menor que en España, hay dos partidas que pueden disparar el presupuesto: la vivienda y la educación. «La educación tendrá que ser privada sí o sí por un tema de idiomas», con costes que oscilan entre los 8.000 y 25.000 euros anuales por hijo. Se recomienda iniciar la búsqueda de colegio con mucha antelación debido a la escasez de plazas.

En cuanto a la vivienda, es común que los expatriados residan en complejos cerrados con seguridad, especialmente en Estambul, donde la elección entre el lado europeo (más empresarial) y el asiático (más residencial) es clave. El mayor reto del día a día, según la experta, es el tráfico: «Si nos quejamos en Madrid del tráfico, no les cuento lo que es allá».

Fiscalidad y Seguridad Social: cómo evitar la doble cotización e imposición

Ángeles López, abogada fiscalista de EMS, se centró en las obligaciones para evitar costes inesperados. En materia de Seguridad Social, destacó la existencia de un convenio entre España y Turquía que permite a los trabajadores desplazados mantener su cotización en España. Para ello, es necesario solicitar el certificado de cobertura CE-1. «Esto permite evitar la doble cotización y garantiza que los trabajadores no pierdan ninguno de sus derechos en materia de prestaciones y contribuciones en España», aclaró.

En el ámbito fiscal, las reglas varían según la duración de la estancia:

  • Menos de 6 meses: El trabajador sigue siendo residente fiscal en España. Puede acogerse a beneficios como la exención del artículo 7P de la Ley del IRPF, que permite dejar exentos de tributación los rendimientos obtenidos en el extranjero con un límite de 60.100 euros.
  • Más de 6 meses: El empleado pasa a ser residente fiscal en Turquía. Esto implica que deberá tributar allí por su renta mundial. En España, pasará a tributar como no residente, únicamente por las rentas que genere en territorio español.

López también mencionó los nuevos incentivos fiscales en Turquía, como una exención de 20 años sobre los ingresos obtenidos en el extranjero para nuevos residentes a partir de 2026, y los beneficios del Centro Financiero de Estambul, que ofrece importantes ventajas para las empresas que se instalen allí.

Preguntas y Respuestas Claves

¿Cuál es el principal obstáculo para una empresa española que quiere enviar un trabajador a Turquía?

El mayor desafío es la obtención del permiso de trabajo. Este requiere que una empresa local turca actúe como patrocinadora y cumpla con una estricta cuota de tener al menos cinco empleados turcos por cada trabajador extranjero contratado. Esto puede ser un gran impedimento para empresas nuevas o con una presencia reducida en el país.

¿Puede un empleado español mantener su cotización a la Seguridad Social española mientras trabaja en Turquía?

Sí. Gracias a un convenio bilateral entre España y Turquía, es posible mantener la cobertura de la Seguridad Social española solicitando un certificado de cobertura (modelo CE-1). Este trámite evita la doble cotización en ambos países y asegura que el trabajador conserve sus derechos a prestaciones y pensión en España.

¿Qué implicaciones fiscales tiene una estancia en Turquía superior a seis meses?

Si un empleado permanece en Turquía más de 183 días en un año natural, se convierte en residente fiscal turco. Esto significa que está obligado a declarar y tributar en Turquía por su renta mundial (los ingresos que obtenga en cualquier parte del mundo). En España, será considerado no residente fiscal y solo deberá tributar por las rentas que genere específicamente en territorio español, como por ejemplo, el alquiler de una propiedad.

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