El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Alicante se reunió para certificar las nuevas ordenanzas portuarias relativas a las condiciones específicas de utilización del servicio portuario básico de remolque.

El empleo mínimo obligatorio de remolcadores ha sido regulado para garantizar la seguridad de las operaciones. Todos los buques con esloras superiores a 220 metros deberán utilizar remolcadores, así como los superiores a 120 metros de eslora con medios de maniobra convencionales. En el caso de vientos superiores a 25 nudos o con visibilidad inferior a 500 metros, el uso de remolcadores será obligatorio para todos los buques con esloras superiores a 150 metros.
Otro de los temas que se llevaron a cabo en la reunión fue el inicio del expediente sancionador y de caducidad a Astilleros Ripoll, empresa dedicada a la construcción, reparación y mantenimineto de embarcaciones, por incumplimiento con posible riesgo para las personas y por caducidad de impago.
El Consejo de Administración de la Alicante también fue informado del convenio de colaboración suscrito entre la entidad y el Ayuntamiento de Alicante para la gestión de los muelles abiertos al público en la zona de Levante, conocida popularmente como zona Volvo.