Ficha societaria Portugal

Portugal ha sido por razones históricas un importante socio comercial para España. Nuestro país en 2001 fue el segundo cliente de Portugal, con una cuota de mercado del 18,6% (especialmente importantes son la industria textil y de vehículos) y su primer suministrador, con el 26,5% del mercado. Desde la adhesión a la Comunidad Europea en 1985, el comercio entre ambos países se ha intensificado, aunque no así la inversión. Ésta ha sufrido un descenso considerable en los últimos años debido a que España se ha centrado más en países latinoamericanos y se ha iniciado en mercados como Japón.
Desde la adhesión a la CE, existe libertad de establecimiento e igualdad de tratamiento entre los inversores extranjeros y nacionales. Las empresas extranjeras pueden establecerse como sociedades de derecho portugués o como sucursales de sociedad extranjera, sin diferencia en el tratamiento fiscal.
Respecto a los precios y costes, como se aprecia en el cuadro, Portugal es ligeramente más barato que España: establecer una sociedad limitada con una inversión de 5.000 euros implica unos costes de tasas de 550 euros. Las tasas a pagar son:
– Certificado de admisibilidad (56 euros) y Carné de identidad provisional de Persona Jurídica (14 euros) en el Registro Nacional de Personas Jurídicas (RNPC).
– Notaría: acta de incorporación (130 euros) y sello de impuesto (20 euros).
– El Carné de identidad de Persona Jurídica que expende la Dirección General de Impuestos (DGCI) son 15,96 euros.
– Registro de la Compañía, que incluye registro inicial (56 euros), tasas (3,74 euros), certificado de aplicación (16 euros) y registro en el archivo de Personas Jurídicas (20 euros).
– El último impuesto del proceso se paga a la Imprenta nacional Casa de la Moneda (INCM) por la publicación en el Diario da República, donde cada párrafo de 25 líneas cuesta 72 euros.
Además, Portugal tiene un sistema de incentivos financieros y fiscales flexible que abarca varios sectores industriales y de servicios. Entre los beneficios destacan la reducción del IRC; reducción o exención de la derrama y de los pagos al Estado; préstamos a fondo perdido y subsidios a la formación profesional.
Por otra parte, toda empresa receptora de inversión extranjera y toda no residente que efectúen la inversión, está obligada a registrarse en el ICEP – Investimentos, Comércio e Turismo de Portugal, en los 30 días posteriores a concretarse la inversión, el objetivo es meramente estadístico. Aunque la legislación portuguesa no establece sectores vedados a la inversión extranjera, sí admite restricciones a la libertad de establecimiento para proyectos que puedan afectar el orden, seguridad o salud públicas, así como los relacionados con la industria de material de guerra, casos para los que se prevé un procedimiento de autorización previa.
Respecto al sistema bancario, es considerado un sector moderno, financieramente sólido y rentable que acoge bancos comerciales, de inversión, fondos de inversión y empresas aseguradoras. En los últimos años los niveles de rentabilidad, solvencia y concentración del sector bancario portugués han convergido hacia los de otros países europeos de dimensión semejante. Sin embargo, a pesar del aumento del número de bancos extranjeros en Portugal, la participación del capital extranjero en la actividad del sistema es reducida, ya que los inversores extranjeros han establecido alianzas de carácter estratégico, a través de fusiones y adquisiciones.
El inversor, independientemente del tamaño o del sector de la compañía o el proyecto de inversión debe ponerse en contacto con la Agencia de Inversión Portuguesa (API), que le proveerá de asistencia y soporte necesario para la implementación del proyecto.
Una muestra significativa de las relaciones entre España y Portugal es el Protocolo de Colaboración entre las Administraciones Española y Portuguesa para la Creación del Mercado Ibérico de la Electricidad, que establece el compromiso de elevar las interconexiones eléctricas desde los 700 megawatios hasta 1.700 en el 2006, además de crear un operador único del Mercado Ibérico para abrir su capital a empresas de ambos países. Las eléctricas podrán establecer contratos bilaterales y acceder a las interconexiones con terceros en condiciones de igualdad. También prevé la convergencia de los mercados de gas natural.